La Corte Suprema de Justicia de la provincia suspendió la elección del intendente de Granadero Baigorria: hizo lugar a la medida cautelar que pidió el municipio y dejó sin efecto la convocatoria del gobernador Antonio Bonfatti a las primarias del 11 de agosto y la general del 27 de octubre para elegir al sucesor del intendente Alejandro Ramos, con licencia desde marzo de 2012, cuando asumió como secretario de Transporte de la Nación.
El 5 de abril, Bonfatti firmó el decreto 601/13 que convocó a elegir un nuevo intendente de Granadero Baigorria. El municipio impugnó el acto, primero, por la vía administrativa: el 18 de abril presentó "un reclamo previo" ante el propio Bonfatti. Y luego, abrió la vía judicial: el 3 de mayo solicitó a la Corte Suprema una "medida cautelar autónoma" que suspenda la elección del intendente. La presidenta de la Corte, María Angílica Gastaldi, corrió vista a la Casa Gris que contestó la demanda. Pero despuís, el municipio redobló la apuesta: inició un juicio contencioso administrativo contra la provincia y volvió a solicitar una nueva cautelar –que dejó en abstracto la anterior- y es la que ahora resolvió la Corte, al dejar "sin efecto" el decreto 601.
El argumento de Bonfatti para llamar a elecciones en Granadero Baigorria era una supuesta violación de Ramos al "rígimen de incompatibilidades" (artículo 76 de la ley 2756 Orgánica de Municipalidades) que -a su criterio- castiga la doble función con "la cesación automática en el cargo local".
En cambio, el municipio interpretó el decreto 601 como "un supuesto típico de desviación de poder". La Constitución de Santa Fe -señaló- reconoce al municipio como un "gobierno dotado de facultades propias" para "elegir sus autoridades, y en su caso, destituirlas o fenecer sus mandatos".
Fuente: otrosambitos.com.ar