La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el planteo del exsecretario de Transporte Ricardo Jaime contra el fallo que había fijado la pena de seis meses en suspenso por intentar ocultar evidencias durante un allanamiento realizado en la casa de su hija en Villa Carlos Paz, en junio de 2010, en el marco de una causa por presunto enriquecimiento ilícito.
La Sala integrada por los jueces Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky, resolvió, por unanimidad, rechazar el recurso de casación interpuesto por Jaime contra la sentencia dictada el 3 de septiembre de 2013 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Córdoba.
De este modo, el máximo tribunal penal del país confirmó la sentencia que condenó a Jaime a la pena de seis meses de prisión en suspenso por considerarlo "autor penalmente responsable del delito de sustracción de documentos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente, en grado de tentativa".
Si bien se trata de una pena menor por la cual Jaime no irá a prisión, el fallo adquiere relevancia porque se trató del primer juicio penal en el que el exfuncionario kirchnerista -sobre quien pesa una veintena de causas penales en diferentes juzgados del país- tuvo que comparecer como imputado.
Además, la sentencia implica cierta restricción a sus movimientos, puesto que Jaime -quien acostumbra viajar con frecuencia al exterior- deberá fijar domicilio en el país y no abandonar el territorio nacional sin que medie previa autorización del tribunal.
Jaime aún puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia, aunque la confirmación de la condena implica que podría acumularse con otras penas en el marco de otros procesos que tiene abiertos y si suma más de tres años podría ir a prisión.
En junio de 2010 y por orden del juez Norberto Oyarbide, se allanó la casa de una hija de Jaime en Carlos Paz, en un procedimiento durante el cual se secuestró abundante documentación y el exsecretario de Transporte habría intentado esconder en su bolsillo una tarjetas personales que decían "Ricardo Jaime, director ejecutivo, Cerro Motos".
Según la acusación, uno de los policías que intervenían en el allanamiento, detectó la maniobra y le advirtió a que si no devolvía el tarjetero sería registrado en su persona y detenido, debido a lo cual Jaime lo puso en su lugar.
Esas tarjetas podrían haber conectado a Jaime con uno de los hijos del ministro de Planificación Julio de Vido, Santiago, quien se desempeñó como ejecutivo de Cerro Motos: sin embargo, tras el allanamiento esas tarjetas se extraviaron y nunca llegaron al juzgado de Oyarbide, y episodio no quedó consignado en el acta que se labró dando fe del procedimiento.
La estrategia de la defensa se centró en cuestionar la existencia misma de estos hechos, ya que la acusación se basaba sólo en la palabra de testigos ante la pírdida de las tarjetas y el hecho de que no constara registro del episodio.
Finalmente, los jueces se inclinaron por la postura del fiscal Maximiliano Hairabedián, quien consideró que los testimonios tenían suficiente peso probatorio, pero redujeron el año de pena que pidió la fiscalía a seis meses.
Fuente: otrosambitos.com.ar