"Apruíbase la reglamentación de la Ley Nº 26364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, y su modificatoria Nº 26842, que como anexo forma parte integrante del presente", estableció el artículo 1 del decreto 111/2015, firmado por la presidente Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.
La ley había sido sancionada por el Congreso el 19 de diciembre de 2012 durante el período de sesiones extraordinarias convocadas por la Presidente luego de que se conociera el fallo que absolvió a los acusados de secuestrar a "Marita" Verón, hija de Susana Trimarco, para forzarla a entrar a una red de prostitución y trata de personas.
La promulgación fue además confirmada esta mañana por el propio Jorge Capitanich en su habitual conferencia de prensa en Casa Rosada.
El primer artículo de la reglamentación dispone que "los cuerpos policiales y las fuerzas de seguridad, de acuerdo con las facultades conferidas legalmente y los profesionales de los organismos de rescate y asistencia a las víctimas, dentro de sus competencias, deberán informar de inmediato la identificación de posibles víctimas al juez o fiscal encargados de la investigación".
El punto 6 establece que, "en los casos de rescate de víctimas de trata, el Estado Nacional procurará que el primer contacto sea llevado adelante por profesionales especializados en trata de personas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que actuarán junto a los cuerpos policiales y las fuerzas de seguridad intervinientes, previo requerimiento del magistrado competente".
El decreto dejó una serie de artículos sin reglamentar, tal como fueron redactados en el Congreso. Entre ellos se encuentran los que incluyen las disposiciones penales y procesales: el 2, el 3, el 4, el 5, el 7, el 8, el 9, el 10, el 11, el 12, el 13, el 14, el 15, el 16, el 17, el 19, el 20, el 21, el 22, el 23, el 24, el 25, el 26 y el 27.
Fuente: otrosambitos.com.ar