La Fundación LED reiteró en un comunicado su preocupación por el proyecto de un grupo de diputados del Frente para la Victoria para limitar los comentarios en la web La finalidad de la norma (evitar la discriminación), parece noble. Sin embargo, su implementación es peligrosa. "El proyecto amplía el concepto de ‘acto discriminatorio’ de modo tal que resulta difícil determinar en quí circunstancias se incurrirá en actos pasibles de sanción, y como consecuencia, casi cualquier expresión podría llegar ser considerada como violatoria de la ley", protestó la ONG presidida por la ex diputada Silvana Giudici.
Otro aspecto controvertido es la inversión de la carga de la prueba. Al respecto, desde LED recordaron que en el reciente fallo (del expediente "María Belín Rodríguez c/ Google s/ Daños y perjuicios"), "la Corte Suprema estableció que toda restricción a la libertad de expresión se presume inconstitucional".
"Las circunstancias señaladas generan que los ciudadanos y, en particular, los comunicadores sociales y los medios de comunicación, queden expuestos a situaciones tan difíciles de prever y controlar que podrían inducirlos a la autocensura", opinó Giudici.
"No podemos dejar de considerar que el proyecto ha sido tratado en un contexto de iniciativas parlamentarias que intentan criminalizar la expresión más allá de los límites constitucionales", completó, recordando que uno de los antecedentes que marcaron los autores de la iniciativa es "un proyecto de ley de los diputados Remo Carlotto, Diana Conti y otros, de octubre de 2014, mediante el cual se facultaba al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) a clausurar plataformas de internet que admitan comentarios de usuarios cuando se considerase que los mismos contenían mensajes discriminatorios".
La Comisión de Derechos Humanos y Garantías del Congreso dictaminó el 14 de julio pasado a favor de un proyecto de "Ley Nacional contra la Discriminación" impulsado por los diputados Andrís Larroque, Diana Conti y Remo Carlotto, entre otros, mediante el cual se deroga la ley 23.592 y se impone la nueva normativa, que en su afán de condenar con prisión de un mes a tres años al que incitare a la persecución, el odio, la violencia o la discriminación mediante mensajes publicados en internet, incluyó a los administradores de medios que permitan ese tipo de posteos, lo cual podría derivar en una virtual censura de los comentarios en los medios masivos debido a la imposibilidad de controlar un volumen tan grande de mensajes.
Fuente: otrosambitos.com.ar