La Administración Provincial de Impuestos (API) informó que los vencimientos de los tributos previstos para el mes de mayo de 2020, serán considerados presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a los mismos.
La medida fue adoptada en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del covid-19, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Se trata de una nueva prórroga respecto de la anunciada el 30 de abril pasado.
Los conceptos tributarios previstos para mayo de 2020 y prorrogados son los correspondientes a:
Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de mayo.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General, cuarto anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $10.000.
Impuesto Inmobiliario Rural – 3° cuota.
Aporte al Instituto Becario, quincena 8/2020.
Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU bancaria para su pago.