El titular del Afsca, Martín Sabbatella, confirmó que el Gobierno apelará el fallo de la Cámara Civil y Comercial por la Ley de Medios y reclamó "celeridad" a la Corte Suprema para tratar la constitucionalidad de la norma "Es un fallo que no nos sorprende en nada, no teníamos una pizca de expectativa de lo que iba a resolver la Cámara, pero si llama la atención el nivel de grosería", sostuvo Sabbatella en conferencia de prensa.
"Vamos a prepararnos para presentarnos ante la Corte, para que resuelva rápidamente, con celeridad, la misma que la Corte le pidió a la Cámara, porque se trata de una situación de gravedad institucional debido a que hay una ley aprobada hace más de 3 años por el Parlamento y no se puede aplicar integralmente", advirtió el funcionario, quien reveló que el Estado tiene un plazo de 10 días desde este miírcoles para recurrir al máximo Tribunal.
Al ser consultado sobre la expectativa que tiene sobre la resolución de los ministros de Justicia, recordó que "sin abordar la cuestión de fondo, la Corte ya dijo que esta ley no afectaba la libertad de expresión".
Además, anticipó que la Casa Rosada aceptará esa decisión aunque no le beneficie. "Siempre el Gobierno acató lo que decide la Justicia, y de hecho no podemos aplicar la totalidad de la ley porque acatamos lo que dice la Justicia", manifestó.
Este miírcoles la Cámara declaró la constitucionalidad de los artículos 161 y el 41 de la Ley de Medios, al mismo tiempo que estableció la inconstitucionalidad de un apartado del artículo 45 de la norma, referido al tope de licencias, y el 48 referido a "concentración indebida", declarándolo inaplicable para el grupo Clarín y demás peticionantes, resguardando así los privilegios de estas empresas.
En la conferencia, el titular del Afsca consideró que la resolución de segunda instancia "es un fallo tramposo, burdo, grosero, que evidentemente busca proteger los intereses del Grupo Clarín".
"Como no pueden declarar la inconstitucionalidad de la ley, porque es obvio que es constitucional, como lo dijo el fiscal, lo que hacen para defender los intereses específicos del Grupo Clarín es declarar inconstitucional los incisos, las partecitas, un párrafo o un renglón", aseveró Sabbatella.
"Había cuatro artículos en cuestión, pero el que grafica este hecho burdo y grosero es como desagregaron punto por punto el 45, que establece los límites de adecuación, quí puede tener cada compañía, que luego debe adecuar. Lo que hicieron fue desvirtuar el espíritu antimonopólico", agregó.
Para el diputado en uso de licencia, los camaristas Francisco de las Carreras, Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni "intentan destrozar el espíritu de la ley y construyen otra ley". Sin embargo, Sabbatella recordó que "para hacer leyes hay que ser legislador, no se puede hacer eso".
Según dijo ante la prensa, al justificar la inconstitucionalidad fraccionada la Cámara Civil y Comercial Federal aduce problemas de "rentabilidad" para el multimedio y "sustentabilidad" de las empresas, lo que revela la protección de los intereses económicos. "Dicen que no se puede regular los intereses del Grupo Clarín, pero sí se puede regular a los competidores, esto viola el artículo 16 de la Constitución que dice que todos somos iguales ante la ley", expresó.
El jefe de Afsca explicó que la sentencia se rige bajo la lógica de que es constitucional lo que no afecta a Clarín y es inconstitucional los que sí perjudica los negocios del Grupo. En ese sentido, dijo que la Cámara "salvó" los puntos que no cumple de la ley y debe adecuarse y los detalló.
– La regulación del espacio satelital es constitucional porque no afecta al Grupo Clarín.
– El espectro radioelíctrico sí se puede regular, es constitucional porque Clarín tiene 25, se puede tener 10, se tiene que desprender de 15, pero tiene bandas UHF que las reemplazaría. Pero a la vez declaran inconstitucional un renglón sobre la regulación de las señales. Una mitad es constitucional porque afecta poco a Clarín y la otra mitad es inconstitucional porque le afecta todo.
– La Cámara dice que no se puede regular el sistema de cable porque afecta a Clarín, que tiene 237 señales.
– El 35% de la cuota de mercado tambiín es inconstitucional porque Clarín supera 40% en radio y televisión.
– Los límites locales para poseer señales de cable y de aire al mismo tiempo que no afectan a Clarín son constitucionales, los que se superponen y son de Clarín se declaran inconstitucionales. Clarín tiene 37 ciudades con más de un sistema de cable.
Fuente: otrosambitos.com.ar