Muchos de los trámites que habitualmente se realizan en los centros municipales de Distrito sufrieron modificaciones teniendo en cuenta la pandemia mundial por coronavirus Covid-19 y el aislamiento obligatorio decretado por el Gobierno Nacional.
Ante esto, desde la Municipalidad de Rosario se implementaron las siguientes medidas:
-Se prorroga por un plazo de 60 días corridos, de manera excepcional, la vigencia de licencias nacionales de conducir. Todos los turnos ya asignados para licencias de conducir serán debidamente reprogramados.
-Se extenderá por un plazo de 60 días corridos la vigencia de los registros de transportes de taxis, remises, transportes escolares y vehículos destinados a transportes especiales cuyo vencimiento opere entre el 15 de febrero y el 15 de abril de 2020.
-También se prorroga de manera excepcional el plazo de vigencia de las obleas de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria para los vehículos escolares, taxis y remises.
-Se suspenden los trámites y audiencias en el Tribunal de Faltas.
-Los certificados únicos de discapacidad tendrán una vigencia excepcional de 180 días corridos a partir de que opere su vencimiento.
-Habrá prórroga hasta el 15 de mayo de 2020 de las moratorias de deudas de Tasa General de Inmuebles y sus adicionales, Derecho de Registro de Inspección y sus adicionales, Contribución ETUR, tarifa por Gestión Diferencial de Residuos y por Tarifa de Transporte, Tratamiento y Disposición Fiscal de Residuos, Servicios adicionales, Multas por Contravención al Código de Faltas, e Impuesto Patente Única sobre vehículos.
-Las oficinas de la EPE (Empresa Provincial de Energía), Litoral Gas, Aguas Santafesinas y del Centro Territorial de Denuncias no atenderán al público.
Oficina de Dirección General del Registro Civil
En lo que respecta a matrimonios, se suspende el otorgamiento de nuevos turnos, quedando la reprogramación de los suspendidos sujeta al levantamiento de la emergencia sanitaria.
Se inscribirán los nacimientos que sean estrictamente necesarios, recordando que el plazo legal para anotar es de 40 días de producido el mismo. En todas las situaciones se solicita coordinar previamente un turno para la atención y que concurran a realizar el trámite sólo aquellas personas que resulten indispensables.
En el caso de los hijos cuyos progenitores no estén casados, o que lo estén y sea el primer hijo en común, deben concurrir ambos. Si los progenitores están casados entre sí y no fuera el primer hijo en común, sólo debe asistir uno de ellos. El recién nacido no debe acudir en ningún caso, ya que no se realizará la identificación del mismo (DNI 0 año).
La atención en la ciudad de Rosario será en la oficina del Registro Civil de calle Salta 2752 (341 4369812), Hospital Centenario, Maternidad Martin, Hospital Provincial y Hospital Roque Sáenz Peña.
Para las defunciones, la atención es normal en las ciudades de Santa Fe y Rosario. En el resto de las oficinas se inscribirá según disponibilidad del personal.
Se suspenden las identificaciones y los turnos otorgados en todas las oficinas de la provincia. Los mismos deberán ser reprogramados oportunamente. El solicitante deberá comunicarse con la oficina respectiva.
Los trámites referidos a inscripciones de uniones convivenciales, confección y entrega de DNI y pasaportes, emisión de actas, certificados de supervivencia y de domicilio, autorizaciones de viajes, certificaciones, etc. quedan suspendidos. Queda a criterio de los responsables de cada oficina atender a las razones de urgencia acreditadas por los solicitantes.