Alquileres: la ley ¿cambia la realidad?

Es interesante leer las definiciones sobre la ley de alquileres y su pretendida “derogación” por DNU (decreto de necesidad y urgencia). “Derogar”; “Dar de baja”; “Restaurar la ley anterior”, etc.

En todas las Universidades del país, desde que estas existen y por imperio de nuestro sistema legal, se enseña que una ley solo puede ser derogada por otra ley. Poco se repara en que un DNU es un dispositivo de estricta excepción que, una vez utilizado por el Poder Ejecutivo, el Jefe de Gabinete tiene diez días para rendir cuentas frente a la bicameral, que a su vez debe elevar el mismo para su consideración por el Congreso Nacional. Ello es así, porque al utilizar una función propia de otro poder del Estado, acreditar la necesidad y la urgencia se traduce en la imposibilidad de aguardar el recorrido del trámite parlamentario para resolver determinada cuestión.