El abogado Marcelo Gonzalez Acuña explicó en Otros Ambitos (Del Plata Rosario 93.5) la reciente Resolución 1276/2026 del Ministerio de Economía de la Nación, conducido por Luis Caputo, la cual reglamenta aspectos clave del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado al amparo de la Ley 27.802 (Título II, arts. 58 al 77) y su posterior Decreto Reglamentario 408/2026.
El Dr. González Acuña realizó un pormenorizado recorrido histórico e institucional de la norma. Explicó que el FAL se constituye como un patrimonio de afectación cuyo objetivo primordial es financiar el pago de emolumentos por extinción del contrato de trabajo —particularmente los despidos sin justa causa, indemnizaciones sustitutivas de preaviso y mes de integración, además de indemnizaciones por fallecimiento para los derechohabientes—.
DESTINO DE LOS FONDOS Y FINANCIAMIENTO DEL ESTADO
El punto de mayor agudeza en el análisis económico se centró en la obligación impuesta a las administradoras del FAL (Fondos Comunes de Inversión, Bolsas de Comercio y Fideicomisos Financieros). La nueva resolución fija un porcentaje mínimo obligatorio de inversión para mantener el
capital histórico, privilegiando de forma contundente la adquisición de títulos públicos y valores negociables de la deuda soberana del Estado Nacional.
“Se calcula que el fondo movilizará entre 3.000 y 4.000 millones de dólares anuales
provenientes de la masa salarial. Que se exija volcar un porcentaje relevante a bonos
soberanos convierte a esta caja en un claro engranaje de financiamiento estatal.”
— Dr. Marcelo González Acuña
Se señaló además la paradoja histórica de estos instrumentos de capitalización laboral privada que terminan fuertemente vinculados al endeudamiento público, trazando un paralelismo con el funcionamiento previo del sistema de AFJP y la administración de la ANSES.
“Existe mucha desinformación respecto a qué cubre este fondo. Por ejemplo, si un trabajador renuncia
voluntariamente y cobra sus proporcionales de ley, allí no interviene el FAL”, aclaró el especialista. Asimismo, advirtió sobre la situación de los trabajadores no registrados o mal
inscriptos, donde el fondo no cubre la totalidad de la contingentación indemnizatoria.
González Acuña remarcó además la controversia sobre la alícuota impuesta a las asociaciones civiles sin fines de lucro.
Al asimilar a clubes de barrio o instituciones sociales a la categoría de PyMEs, se les exige una contribución del 2,5% sobre la masa salarial, en lugar del 1% aplicable a grandes corporaciones, lo que genera una fuerte asimetría y promesa de debate judicial o regulatorio.
SINDICATOS, RECLAMOS Y LA AGENDA DE COYUNTURA
Durante la emisión se cuestionó con severidad la postura de ciertos gremios rosarinos que salieron a manifestarse contra la desregulación de la Marina Mercante, en contraste con la pasividad observada frente a la pérdida de puestos de trabajo en el sector industrial local y la crisis de jubilados.
Asimismo, se reflexionó sobre la volatilidad de la cobertura periodística de los grandes medios nacionales. Los conductores lamentaron cómo causas de alto impacto social y drama humano pierden visibilidad mediática una vez que caduca el interés del “minuto a minuto” o la especulación del
rating, dejando casos graves sin resolución ni seguimiento.
REFORMA ELECTORAL EN SANTA FE
En el plano provincial, se hizo mención a los borradores de la reforma electoral santafesina impulsados desde la sede de gobierno capitalina (Casa Gris). Con la participación del analista Lucio Guberman en la agenda del día, se analizaron las idas y vueltas parlamentarias y las negociaciones políticas
entre los distintos pisos del Ejecutivo y las bancadas legislativas para definir las modificaciones del sistema de votación provincial.
La jornada radial concluyó en un ambiente distendido y cordial entre los integrantes del equipo, combinando la rigurosidad técnica del análisis jurídico y político con el habitual tono ameno de la mañana periodística.

